La Comisión Permanente del Congreso aprobó el último miércoles 19 de febrero un informe que recomienda inhabilitar por 10 años al expresidente Francisco Sagasti, acusándolo de presunta infracción constitucional y abuso de autoridad. El documento se centra en las decisiones adoptadas en noviembre de 2020, cuando el mandatario ordenó el pase al retiro de altos oficiales de la Policía Nacional, medida que ha sido calificada de arbitraria e ilegal por algunos sectores del Legislativo.
En respuesta, el abogado de Sagasti, José Ugaz, afirmó para RPP que el expresidente no descartará recurrir a la justicia supranacional si el pleno del Congreso decide inhabilitarlo para ejercer cargos públicos. Según Ugaz, las acciones emprendidas por Sagasti se enmarcaron dentro de un “régimen excepcional” que le permitía designar a un nuevo comandante general de la Policía cuando el mecanismo regular no cumplía con los requisitos establecidos.
Francisco Sagasti recurrirá a instancias internacionales
Durante el programa «Las cosas como son», el abogado de Francisco Sagasti, José Ugaz, dijo que el expresidente podría ir a instancias internacionales si el Congreso lo inhabilita por 10 años. Ugaz destacó que, aunque ve el daño y el prejuicio hacia Sagasti, seguirá todos los procedimientos legales, defendiendo su actuación dentro del marco constitucional.
El presidente se someterá a los procedimientos legales, a pesar de conocer el prejuicio existente. Si se toma una decisión ilegal en contra de la Constitución, se recurrirá a la justicia supranacional. Sagasti ha confirmado que no se postulará a las elecciones presidenciales de 2026.
¿De qué se le acusa a Francisco Sagasti?
El informe final del Congreso sugiere acusar a Sagasti por decisiones «arbitrarias e ilegales» sobre retiros en 2020. Además, de la designación de un nuevo comandante general de la referida institución.
En relación a eso, Ugaz explicó que Sagasti como presidente y jefe supremo de las Fuerzas Policiales, estaba facultado para tomar dichas decisiones amparadas en el artículo 8 de la Ley de la Policía. “En el régimen regular los tres más antiguos compiten para ser elegidos jefe supremo de la Policía. Hay una meritocracia que es evaluada y eso se le propone al presidente. Cuando no funciona ese régimen regular, porque ninguno de los tres a criterio del presidente cumple con los requisitos para poder comandar a las Fuerzas Policiales, se aplica el denominado régimen excepcional”, detalló.
Fuente: La República
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