La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que a la fecha se han presentado más de 130,000 solicitudes de acogimiento al Fraccionamiento Especial, cuyo plazo de acogimiento vence este 28 de febrero.
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deberán utilizar el Formulario Virtual N° 1707, el cual se encuentra disponible en el portal www.sunat.gob.pe.
El Fraccionamiento Especial ofrece beneficios como descuentos de intereses y multas de hasta 100% por el pago al contado. Se pueden acoger deudas en proceso de cobranza coactiva, lo que es una excelente oportunidad para regularizar su situación tributaria.
Contribuyentes tienen hasta diciembre para acceder a fraccionamiento tributario especial
Beneficios del Fraccionamiento Especial
Bono de descuento se aplica a intereses y multas. Este bono se determina en función del rango total de las deudas que se pueden acoger al Fraccionamiento Especial:
La tasa de interés del Fraccionamiento Especial, en la modalidad de pago sumario y fraccionado es del sesenta por ciento (60%) de la TIM.
Solo se ofrecen garantías cuando la deuda supere las 200 UIT.
Modalidades de Pago
Como se sabe, para acogerse a este fraccionamiento especial el deudor tributario cuenta con tres modalidades de pago, precisándose que el pago al contado o de la cuota de acogimiento se deben realizar el mismo día de presentada la solicitud de Fraccionamiento Especial:
• Pago al contado: Pago total de la deuda acogida. No se requiere el pago cuando el deudor solo tenga deuda por concepto de intereses y multas con sus respectivos intereses, y estos se extingan por efecto de la aplicación del bono de descuento de hasta el 100%, de corresponder.
• Pago sumario: Requiere una cuota de acogimiento no menor al 25% del monto de la deuda acogida menos el bono de descuento y el saldo se paga hasta en tres cuotas mensuales.
• Pago fraccionado: Requiere una cuota de acogimiento no menor al 10% de la deuda y el saldo a pagar se fracciona hasta en 72 cuotas mensuales. La cuota mensual no puede ser inferior a 260 soles, salvo la última.
Pueden acogerse al Fraccionamiento Especial deudas tributarias, como Impuesto a la Renta y aduaneras, exigibles hasta el 31 de diciembre del 2023.
También pueden acogerse los saldos de aplazamientos y/o fraccionamientos que se encuentren vigentes o no.
Una vez que se apruebe la solicitud, se concluirá la cobranza coactiva y se levantarán las medidas de embargo adoptadas en dicho procedimiento.
Para obtener más información sobre el Fraccionamiento Especial y todos los beneficios que tiene, los contribuyentes pueden visitar el micrositio especializado.
Fuente: Andina
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